domingo, 27 de noviembre de 2016

PROFESIONALIZACION DEPORTE AMATEUR


Con fecha 5 de Julio de 2016 se publicaba en el DOGC ( Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya ), un decreto el 267/2016  mediante el cual se regulan las actividades de educación en el tiempo libre en las que participan menores de 18 años.

Entendemos que, una vez más, después de las relaciones laborales y alta en la seguridad social,  se tiende hacia una normativización y profesionalización en el sector deportivo, en Catalunya y en otras comunidades de España, donde ocurre lo mismo.
Existe un gran tejido de deporte base con clubes pequeños y con dificultades económicas y de cumplimiento normativo.

En este decreto se regula entre otras, la necesidad de un responsable y un % mínimo de dirigentes inscritos en el el ROPEC ( Registre Oficial de Professionals de l' Esport a Catalunya ), independientemente de si son son o no voluntarios. En principio tal y como regula el decreto 267/2016 tanto los entrenadores como los monitores deberían tener la titulación necesaria para ejercer la profesión. No obstante la disposición adicional tercera de la ley 10/2011 deja en suspense esta titulación necesaria para ejercer la profesión si bien si exige registrarse en el ROPEC.

Mención especial al artículo 5 de la ley que habla de los seguros. " La entidad organizadora o la entidad promotora de la actividad debe contratar, para todas las personas participantes un seguro de accidentes personales,..." y cuidado porque la entidad organizadora es responsable subsidiaria.


Os dejamos un link donde descargar este Decreto 267/2016.